¿Que hacer frente al pedido concreto del cliente de realizar un acto a sabiendas que puede hacernos incurrir en mala fe procesal?
Podría sostenerse que el cliente puede no conocer que, ocultar o distorsionar información en las presentaciones judiciales, constituye mala fe procesal, no así el abogado.
A veces estas situaciones no están tan claras, como cuando se realizan actos fuera del expediente pero que de hecho también constituyen mala fe, por ahí no procesal, pero mala fe al fin, pues no tienen otro fin que agobiar o acosar a la otra parte.
¿Esta clase de situaciones pueden apartarnos de las elementales normas éticas que como profesionales hemos de respetar?
¿Se impone el límite de decir que no al cliente, en su protección y la nuestra?
¿Alguna vez te enfrentaste a esa situación? ¿Cómo procediste?
Yo dije que no, por respeto a mi, a la profesión que tanto amo y me apasiona, y al cliente, que me contrató para que lo asesore.
El cliente puede estar cegado por la reacción a la provocación de la otra parte, puede estar mal enfocado, puede estar indignado. Todas estas situaciones son comprensibles pero no justifican incurrir en mala fe.
El abogado puede comprender, puede entender, puede acompañar, no obstante debe permanecer dentro de los límites que marca la etica profesional en el ejercicio, evitando incurrir en situaciones que comprometan su práctica y perjudiquen al cliente.
Frente a la insistencia de cliente ¿Estas dispuesto a dejar el caso?
Buen miércoles de interpelación.
