Asesoramiento preventivo frente al matrimonio o la convivencia

Cuando contraemos matrimonio o decidimos convivir con alguien, esta decisión produce consecuencias jurídicas. Asesorarse antes de tomar la decisión es fundamental porque de otro modo es como si se estuviera firmando un contrato en blanco, no porque no existan las cláusulas sino porque desconozco su contenido. Las cláusulas están escritas en el mejor de los casos en el Código Civil y Comercial de la Nación y en algunos otros,  en resoluciones judiciales que han interpretado normas del Código, que salvo que sea abogado,  nunca leeré. El asesorarse podría ser visto como producto de la desconfianza hacia la otra persona o también podría verse como consecuencia de la responsabilidad personal y el cuidado  que cada uno debe tener hacia sí mismo, su patrimonio y su esfuerzo. El asesoramiento preventivo, no es una práctica habitual. En la mayoría de los casos el asesoramiento es una vez producida la separación o frente a los primeros síntomas que permiten vislumbrarla. Es bueno tomar consciencia y asumir la responsabilidad que para eso momento,  el contrato ya está firmado y las consecuencias jurídicas van a tener lugar más allá de mis actos. ¿Para qué puede servir el asesoramiento previo? Entre otras cuestiones para decidir ¿Qué Régimen Patrimonial aplicaré a mi relación matrimonial? ¿Puedo elegirlo yo solo? ¿En qué momento debo elegirlo y cómo se instrumenta esa decisión? ¿Qué factores tengo que tener en cuenta para tomar la mejor decisión? ¿Cuáles son las diferencias entre el matrimonio y la convivencia? ¿Qué pasa con los bienes que se adquieren durante la convivencia? ¿Qué diferencias hay entre una convivencia registrada y una que no lo está? ¿Dónde viviré con mi pareja? ¿Qué efectos produce ocupar como matrimonio determinado inmueble? ¿Qué efectos produce ocupar como convivientes determinado inmueble?. Estas son algunas de las tantas cuestiones que una vez asesorado,  puedo elegir con conocimiento y responsabilidad. De otro modo, estoy eligiendo sin conocer y ese desconocimiento no influirá a la hora de responder frente a las consecuencias jurídicas.

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